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Sector hotelero, listo para recibir la reforma tributaria

Reforma Tributaria

Sin duda alguna, la reforma tributaria es un gran desafío para el país y, sobre todo, para el sector hotelero que ha logrado seguir en pie después de la pandemia generada por la COVID-19. Ante estos escenarios, es vital recuperar la economía, seguir contribuyendo a la generación de empleo y aportar mediante el pago de impuestos a la financiación del gasto público en Colombia y continuar como una industria sólida en nuestra economía.

Es por ello que para el 2023 encontramos para el sector hotelero nuevas disposiciones reglamentadas en la reforma tributaria, Ley 2277, sancionada por el presidente de la República Gustavo Petro Urrego, en la cual vemos principalmente que:

La tarifa en renta para los establecimientos de hospedaje que no cuentan con beneficio de tarifa diferencial se ratifica en un 35 %. No obstante, quienes estén construyendo en este momento y acrediten las condiciones para acceder al beneficio tributario pueden mantener la tarifa del 9 %.

Por otro lado, quienes realicen construcción, ampliación y/o remodelación en municipios de hasta de 200.000 habitantes, tendrán una tarifa de renta del 15 %.

Para las personas naturales, prestadoras de servicios de hospedaje, es importante cuidar los costos y gastos, ya que estos deben estar soportados con documentos electrónicos, solo de esta manera procede la deducción.

Sobre los costos y gastos de las operaciones realizadas por las personas naturales, hay que decir que la Dian los estima en un 60 % sobre los ingresos brutos. Sin embargo, en caso de que sean mayores, debe informarse en la declaración y en todos los casos debe ser soportado con documentos electrónicos.

Otro de los impactos generados por esta reforma tributaria, y que es de gran beneficio para nuestro sector, es la exención transitoria del pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico para los prestadores de servicios turísticos con Registro Nacional de Turismo vigente, cuyo beneficio estará hasta el 31 de diciembre de 2024.

Para efectos de IVA, a partir del primero de enero de 2023, los establecimientos deben empezar a facturar este impuesto con la tarifa general del 19 % en los servicios de hotelería y turismo.

Por otro lado, como un alivio para el sector y los contribuyentes en general en la reforma tributaria, se otorga un beneficio de reducción de la tasa de interés en un 50 %, el cual debe liquidarse en las deudas pendientes con la Dian antes del 30 de junio de 2023; así mismo, aplica para los acuerdos de pago suscritos antes de 15 de mayo del 2023.

La periodicidad del IVA ha sido objeto de notificaciones por parte de la Dian, invitando de esta manera a la revisión, cambio y liquidación de sanciones. En la reforma tributaria se otorga un término de 4 meses para corregir el periodo de las declaraciones sin que proceda sanción alguna; en este sentido, es importante tener en cuenta también la sentencia 25406 del 03 de noviembre del 2022, la cual deja sin efecto alguno las sanciones por periodicidad en IVA.

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Last modified: enero 24, 2023
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